El martes 14 de julio de este año se aprobó en segundo debate la Ley contra el Acoso
Sexual Callejero, que lo define como toda conducta o conductas con connotación sexual en espacios públicos o de acceso público, sin que medie el consentimiento ni aceptacion de la persona o personas a la que está dirigida, con potencial de causar molestia, malestar, intimidación, humillación, inseguridad, miedo y ofensa.
El detalle con la comunicadora Génesis Cruz desde la Asociación Voces Nuestras.